Seguros en créditos hipotecarios

Un crédito hipotecario es un préstamo a mediano o largo plazo que se otorga para la compra, ampliación, reparación o construcción de una vivienda, compra de sitios, o para libre disponibilidad.

  • No importando el tipo de crédito solicite, monto y características del inmueble, por ley algunos préstamos poseen seguros obligatorios que usted debe conocer y entender antes de firmar su contrato, para que busque las alternativas más convenientes y tenga claro en cuánto incrementarán su dividendo mensual.
  • Considere que el seguro obligatorio asociado a este tipo de crédito, desgravamen – muerte del deudor- es muy relevante en el valor del dividendo.
  • Según informaciones de la Superintendecia de Bancos e Instituciones Financieras, SBIF, los valores de los seguros por un crédito a 20 años por ejemplo, pueden variar considerablemente entre las diferentes entidades que ofrecen créditos y pueden ser un factor relevante a la hora de tomar una decisión.
  • Otros seguros, como el de incendio, pueden ser contratados de manera particular por el consumidor y no necesariamente donde usted adquiere el crédito hipotecario.

Seguro de desgravamen

  • El seguro de desgravamen es aquel que permite, en caso de muerte del deudor, extinguir o eliminar la deuda pendiente con el acreedor (banco). Su contratación por ley es obligatoria para las personas que adquieren un crédito hipotecario.
  • Lo importante de considerar en este seguro es en el modo en que se calcula. Hay empresas que reajustan su valor año tras año de la deuda y otras que tiene un valor fijo por el plazo total del crédito.
  • En teoría, según los expertos su valor debería ir bajando en la medida que pasan los años y llegar a cero al finalizar el último pago del crédito hipotecario.
  • Es recomendable por lo tanto, fijarse en como le será cobrado este seguro y agregarlo en su dividendo y costo del crédito.

El seguro de sismo

  • Es una cobertura adicional y optativa al seguro de incendio, cuyo objeto es cubrir los daños materiales que sufra el inmueble asegurado como consecuencia de un terremoto.

Seguro de incendio

  • Este seguro tiene como finalidad resguardar el valor de la propiedad en caso de incendio y pérdida total. También protege de daños menores, en cuyo caso la compañía aseguradora entrega el valor de los daños al banco y éste o se los entrega al dueño para que repare el inmueble o cubre la deuda del siniestro.
  • Este seguro puede ser contratado en el lugar que el deudor estime conveniente o a través del banco que otorga el crédito hipotecario. En este caso, su valor es cobrado junto al dividendo.
  • Recuerde revisar en el contrato de este seguro, las coberturas, si hay coberturas especiales, cómo opera en caso de pérdida total, si son anuales o debe renovarlos luego de ciertos meses.

Seguro cesantía

  • Este seguro es voluntario, tiene como finalidad cubrir las deudas del crédito ante una eventual cesantía del deudor o incapacidad de trabajar (cesantía involuntaria). No cubre en caso de renuncia.
  • Es importante fijarse en los requisitos para hacer efectivo este seguro, como causales de despido, presentación del finiquito y cuotas al día.

Fuente: Sernac

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